El máximo ente electoral declaró fundada la queja presentada por el alcalde de un centro poblado y advirtió que, de persistir el desacato, el caso será remitido al Ministerio Público.
Queja contra el alcalde provincial
El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) resolvió declarar fundada la queja presentada por el alcalde del centro poblado Bertholt Cliff Jiménez contra el alcalde provincial de Andahuaylas, Abel Manuel Serna Herrera, y los regidores de su concejo municipal, por incumplir con la convocatoria de una sesión extraordinaria donde debía evaluarse la suspensión del burgomaestre. La medida se sustenta en el incumplimiento de transferencias de recursos a los centros poblados.
Conducta cuestionada
El máximo ente electoral cuestionó la conducta temeraria y renuente del alcalde y los nueve regidores, señalando que vulneraron la seguridad jurídica y desacataron un mandato previo. Asimismo, recordó que sus resoluciones son definitivas e inapelables, por lo que cualquier intento de dilatar el proceso puede constituir desobediencia y derivar en responsabilidades penales.
Plazos y responsabilidades
En su pronunciamiento, el Pleno del JNE otorgó un plazo máximo de tres días hábiles para que Abel Serna convoque a la sesión extraordinaria. En caso de incumplimiento, los regidores deberán hacerlo en un día hábil improrrogable, con el objetivo de que el concejo municipal emita un pronunciamiento final sobre la suspensión.
Posibles consecuencias
De persistir el desacato, el organismo electoral advirtió que remitirá el caso al Ministerio Público, para que evalúe las responsabilidades penales de las autoridades involucradas. Esta medida busca garantizar el respeto a la institucionalidad democrática y el cumplimiento de las obligaciones que tienen las autoridades locales frente a la población que representan.


